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PACNA

PROGRAMA ALIMENTOS PARA EL CUIDADO DE NIÑOS Y ADULTOS

La Ley de Nutrición del Niño parte 226 hizo permanente en 1978 el Programa de Alimentos para el Cuidado de Niños y Adultos (PACNA). Es un Programa creado por el Departamento de Agricultura Federal bajo la Ley Nacional de Almuerzos Escolares dirigido a iniciar, mantener y expandir servicios de alimentos nutritivos para niños recién nacidos a 12 años o hasta 15 años, si son hijos de migrantes. Las personas física o mentalmente impedidas, registradas por una agencia del estado, pueden participar si reciben cuidado en centros y hogares, donde la mayoría de los matriculados tienen 18 años o menos.

¿Cuáles la Meta?

 

La meta es ofrecer, a los niños matriculados en Centros de Cuidado Diurno, comidas balanceadas y enseñar buenos hábitos alimentarios.

¿Quiénes pueden participar?

 

-Organizaciones no residenciales que funcionen sin fines de lucro, ya sean públicas o privadas – Organizaciones privadas que funcionen con fines de lucro, donde el 25 por ciento de los niños matriculados son beneficiarios del Título XX
-Ley de Seguro Social
-Hogares licenciados de Cuidado Diurno de Niños y registrados bajo una agencia auspiciadora.

¿Qué servicios ofrece?

 

-Reembolsos por tres (3) comidas completas servidas: desayuno, almuerzo, merienda y/o cena.
– “Commodities”
-Asistencia Técnica y Adiestramientos

¿Qué debe hacer una organización para participar?

-Someter solicitud con los documentos requeridos por el Programa.
-Demostrar capacidad administrativa, financiera y controles internos.
-Tener personal capacitado para operar y supervisar el Programa – Servir comidas que cumplan con el patrón alimentario establecido.
-Tener un plan de cuidado individual para adultos físicamente discapacitados, el cual debe incluir servicios relacionados a la salud y social para participantes en el cuido de adultos.

AUSPICIADORES

 

Los auspiciadores del PACNA comparten el fin en común de proveer comidas y meriendas nutritivas a los participantes en distintas formas de operación que son:

  • Centros de cuido para niños: Lugares públicos o privados con o sin fines de lucro que tienen licencia para cuidar y servir comidas a grupos de niños.
  • Hogares de cuido de niños: Grupos pequeños de niños cuidados en casa de familia, no residencial, debidamente licenciada.
  • Cuido después del horario escolar:
  • En Riesgo: Lugares en áreas de bajo nivel económico. Provee meriendas y / o cenas gratis a niños y jóvenes en edad escolar hasta 18 años.
  • En centro de cuido: Horario extendido regular para niños hasta 12 años, que vienen de la escuela al centro.
  • Horario extendido merienda y / o cena para cuidado de niños luego del horario escolar.
  • Albergues a niños sin hogar fijo: Proveen servicios residenciales y de alimentación a niños sin hogar. El albergue también acoge al padre / madre o tutor del niño. Es hasta los 18 años.
  • Cuido diurno de adultos: Lugares no residenciales, públicos o privados para el cuido de adultos funcionalmente discapacitados y se le brindan diferentes servicios integrando los recursos de la Comunidad.
 

Información de contacto

 

Yanira Díaz

Coordinadora Interina del Programa de Alimentos y Cuidado de Adultos y Niños

AESAN-PACNA@de.pr.gov

Documentos

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